Por: Cinthya Trinidad Camet
La Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPG) en los municipios del estado de Veracruz es una realidad latente que frecuentemente se silencia por el temor a las represalias. En los niveles más locales de la administración pública, quienes deciden denunciar se enfrentan a estructuras de poder complejas, fuertemente marcadas por el cacicazgo de alcaldes u otras figuras que ostentan el control político. Ante este panorama, la mayoría de las afectadas opta por callar para proteger su integridad y la de sus familias. Detrás de la resistencia cotidiana de las funcionarias municipales se esconden historias de marginación, acoso y amenazas que transforman el ejercicio del servicio público en una actividad de alto riesgo.
El rostro humano: la resistencia en los cabildos
Caso 1: El precio de exigir transparencia en Zacualpan
Ser la única voz de oposición en el ayuntamiento de Zacualpan y, además, ser mujer, se ha convertido en un ejercicio de resistencia cotidiana para la regidora única, Gabriela Maldonado Méndez. Aunque la administración municipal inició el pasado 1 de enero de 2026 con la promesa formal de trabajar en común acuerdo entre todos los ediles, en la práctica el diálogo institucional se transformó de manera paulatina en un bloqueo sistemático que hoy configura un claro escenario de violencia.
Maldonado Méndez, emanada del partido Morena, presentó una queja formal ante el Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLE) debido a la falta constante de acceso a la información por parte del alcalde, Andrés Maldonado Yañez del Partido Revolucionario Institucional, quien obstaculizaba de forma recurrente su labor. El edil se negaba a entregar la documentación correspondiente de manera previa a las sesiones de cabildo sobre temas fundamentales como el desarrollo de obras públicas o los presupuestos. Aunado a esto, a la regidora se le habían negado personal, equipo y los recursos económicos indispensables para efectuar sus labores de campo.
“Se me ha llegado a marginar de convocatorias fundamentales. El pasado 20 de febrero se celebró una sesión de cabildo donde se tomaron decisiones cruciales sobre la modificación de convocatorias para agentes municipales —un tema que es competencia directa de mi comisión de participación ciudadana— y jamás fui convocada. El pretexto que me dieron fue que no era necesario y que, al ser ellos mayoría, podían prescindir de mi presencia”, relató Maldonado Méndez en entrevista.
Al hacer pública su inconformidad, la situación escaló. La regidora asegura que se desató una campaña de hostigamiento en su contra tras haber identificado a personal de la propia administración, como el Cronista Municipal, tomando fotografías frente a su domicilio particular. Incluso denunció que elementos de la Policía Municipal a bordo de una patrulla oficial se dedicaban a grabarla, mientras que el personal del ayuntamiento recibió órdenes directas del presidente municipal y del oficial mayor de limitar su labor.
A raíz de estos acontecimientos, la funcionaria manifestó sentirse profundamente vulnerada, consciente de que cualquier actividad pública que realizara pudiera ser utilizada para fabricar acusaciones anónimas y falsas en las redes sociales. Aunque en el trato diario no le hacían insultos frontales o explícitos por el hecho de ser mujer, la violencia, en su caso, se manifiesta de manera sutil pero contundente: en la marginación sistemática, en la limitación de sus funciones oficiales, en la negativa de recursos materiales y en el acoso constante. Este entorno hostil terminó por minar su salud, provocándole cuadros de estrés, taquicardias y temblores corporales.
Ante dicho escenario, la regidora interpuso un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano (JDC) ante el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), el cual quedó asentado en el expediente TEV-JDC-364/2026. En dicho recurso dejó constancia de las conductas ejercidas en su contra por el Presidente Municipal, la Síndica Única, la Secretaria, el Tesorero, el Cronista y la Presidenta del DIF, acusándolos de obstaculizar el ejercicio de su cargo y generar violencia de género. Después de analizar los hechos, el TEV resolvió como fundada la obstaculización del cargo; sin embargo, declaró la inexistencia jurídica de la VPG. Tras el fallo, el asedio disminuyó levemente, pero la regidora continúa sin el personal necesario para sus labores, en contraste con el alcalde, quien dispone de tres ayudantes y un guardaespaldas para desempeñar sus funciones.
2.- El exilio político en Tempoal
En un caso extremo, en el municipio de Tempoal la situación de Alma Belén Arenas Ochoa, regidora primera y dirigente municipal del Partido del Trabajo (PT) causó preocupación. Arenas Ochoa había presentado un JDC ante el TEV en contra del alcalde Francisco Meraz Arguelles, señalando una constante obstaculización de sus funciones debido a que la administración le ocultaba de manera deliberada la información de los estados financieros, lo que la obligaba a votar en contra en las sesiones de cabildo. Aunque ambos llegaron al Ayuntamiento bajo las siglas del PT, el panorama cambió cuando el alcalde decidió migrar a Morena, rompiendo toda comunicación con la dirigencia estatal de su antiguo partido político y optando por trabajar de forma exclusiva con su Tesorero, aislando por completo a la regidora.
La presión política escaló a violencia durante la madrugada del 21 de julio de 2026, cuando sujetos desconocidos realizaron múltiples detonaciones de armas de fuego contra la residencia y un vehículo propiedad de la edil. A pesar de encontrarse dentro del inmueble junto a su familia en el momento del ataque, todos resultaron ilesos. Ante la gravedad del atentado, la regidora interpuso una denuncia ante la Fiscalía General del Estado (FGE) y tomó la decisión de desistir del juicio electoral para solicitar una licencia formal a su cargo con el fin de abandonar temporalmente el ayuntamiento.
La dirigencia estatal del PT, encabezada por Vicente Aguilar Aguilar, confirmó que la edil se ausentaría del cargo para atender su situación de seguridad mientras las autoridades ministeriales desahogaban las diligencias correspondientes. Por su parte, el Comisionado Político Nacional del PT en Veracruz, Ramón Díaz Ávila, expresó su profunda preocupación ante la Fiscalía y solicitó garantías de seguridad urgentes para que la funcionaria pueda regresar a ejercer el cargo para el que fue electa. Actualmente, la familia de la regidora tomó la determinación de abandonar el municipio por cuestiones de seguridad, mientras ella analiza la posibilidad de iniciar un Procedimiento Especial Sancionador (PES) por VPG ante el OPLE.
La gravedad del caso provocó que la gobernadora de Veracruz, Rocío Nahle, se pronunciara públicamente en una conferencia de prensa celebrada el 22 de julio de 2026. La mandataria estatal aseguró que ningún municipio se encuentra desprotegido y que se mantendrá una presencia policial permanente en las regiones que presenten escenarios de riesgo. No obstante, admitió de forma explícita que en Tempoal impera un ambiente de alta confrontación política derivado de los cambios en la presidencia municipal, y confirmó que la FGE mantiene abierta una línea de investigación debido a las sospechas que vinculan directamente al alcalde Francisco Meraz con el ataque armado en contra de la regidora Arenas.
Radiografía de la agresión: el camuflaje institucional
De acuerdo con los análisis técnicos del Tribunal Electoral de Veracruz, en los terrenos de la comunicación pública y los espacios de debate político, las expresiones de violencia contra las mujeres suelen camuflarse de manera estratégica bajo estereotipos de género profundamente arraigados en la cultura local. Esta violencia institucionalizada se manifiesta principalmente a través de tres vertientes:
- Contenidos misóginos y sexistas: Mensajes que reproducen de forma deliberada los roles tradicionales de género en el espacio público.
- Cuestionamientos a la capacidad: Dudas directas e infundadas sobre la competencia técnica, profesional y el liderazgo político de las funcionarias.
- Supeditación forzada: Vinculación artificial de las figuras políticas femeninas a liderazgos masculinos con el único propósito de restarles autonomía, mérito propio y representatividad.
Evolución jurídica y balance estadístico de la violencia
La evolución de este fenómeno en Veracruz ha transformado de forma radical el trabajo de las instancias jurisdiccionales electorales. Mónica Mendoza Madrigal, activista feminista, explica que el impacto de la violencia política en razón de género no se limita en absoluto a los periodos de campañas electorales, ni afecta de manera exclusiva a quienes compiten por ganar un cargo de elección popular en las urnas.
Se trata, por el contrario, de una conducta estructural cuya finalidad de fondo es restringir, menoscabar o anular de forma definitiva el ejercicio pleno de los derechos político-electorales de las mujeres en todos los ámbitos de la función pública, abarcando tanto los cargos obtenidos por elección popular como aquellos de designación administrativa. Mendoza Madrigal considera que el objetivo de fondo es inhibir la participación pública e invisibilizar el trabajo de las mujeres para perpetuar la noción patriarcal de que el ámbito político es un espacio exclusivamente masculino, intentando reasignarlas forzosamente al rol doméstico tradicional.
Las estadísticas del Tribunal Electoral de Veracruz indican partir del año 2020, la naturaleza de las agresiones denunciadas comenzó a transformarse significativamente: además de la violencia ejercida en los terrenos de la comunicación y la propaganda política durante las campañas electorales, se registró un incremento sustancial en las conductas que vulneran de forma directa los derechos político-territoriales de las mujeres que ya se encuentran en el ejercicio efectivo y cotidiano de sus cargos públicos.
Este incremento en el volumen de los casos judicializados ante el tribunal representa un efecto correlativo directo al aumento general de la participación y al mayor acceso numérico de las mujeres al ejercicio del poder público en el estado. Ante este escenario de agresión, las funcionarias afectadas cuentan actualmente con dos mecanismos institucionales diferenciados, dependiendo de la vía jurídica y el objetivo de protección que se persiga:
- Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía (Juicio de la Ciudadanía – JDC): Es el procedimiento jurisdiccional idóneo y diseñado específicamente para restablecer, restituir o salvaguardar un derecho político que ha sido vulnerado o coartado durante el desempeño formal de las funciones públicas.
- Procedimiento Especial Sancionador (PES): Es un instrumento ágil diseñado con el propósito primordial de detener de forma inmediata y expedita las conductas lesivas que atenten contra la dignidad, la integridad física o la imagen pública de las denunciantes, así como para imponer las sanciones administrativas y punitivas correspondientes a los agresores.
| Año | Asuntos / Medios de impugnación | Casos acreditados | Contexto y observaciones |
| 2023 | 59 | 12 | Periodo ordinario |
| 2024 | 66 | 10 | Leve incremento en denuncias, menor acreditación |
| 2025 | 83 | 20 | Año de elección municipal; repunte de casos y acreditaciones |
| 2026 (primeros 8 meses) | 50 | 18 | Incremento sostenido en la efectividad de acreditación |
Los datos estadísticos correspondientes a los primeros ocho meses del año 2026 revelan un fenómeno crítico: con un total de 50 juicios tramitados y 18 casos plenamente acreditados por las magistraturas, el tribunal electoral se encuentra, en apenas dos tercios del año, muy cerca de alcanzar la cifra total de conductas sancionadas durante la totalidad del año previo (las 20 acreditaciones registradas en 2025, que incluyó un proceso electivo completo). Este dinamismo estadístico evidencia de forma simultánea dos realidades: por un lado, una mayor efectividad y confianza en las vías de impugnación judicial por parte de las víctimas; y por el otro, la persistencia y arraigo de estas conductas violentas en la vida pública e institucional del estado.
El segundo lugar en el Registro Nacional
El estado de Veracruz ocupa de manera oficial el segundo lugar a nivel nacional dentro del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, un instrumento estadístico elaborado y actualizado de forma permanente por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Al corte oficial del 30 de julio de 2026, la entidad veracruzana acumula un total de 81 casos registrados de violencia política sancionada, posicionándose únicamente por debajo de su estado vecino, Oaxaca, que encabeza la lista nacional con 128 casos acumulados en lo que va del año.
La paradoja institucional: avances legales versus percepción de insuficiencia
Durante una visita oficial a la entidad, la Consejera Electoral del INE, Norma Irene de la Cruz, señaló que Veracruz se encuentra un paso adelante en comparación con otras entidades federativas del país, tanto en la solidez de su marco legal como en el diseño e implementación de acciones específicas para atender la violencia política de género. La consejera destacó que el OPLE de Veracruz es uno de los pocos organismos locales en la República Mexicana que cuenta con un grupo interdisciplinario especializado y con las herramientas institucionales suficientes para abordar esta problemática de forma directa.
No obstante, la funcionaria federal reconoció la existencia de una brecha crítica: para diversas mujeres que son víctimas directas de violencia política en la entidad, las acciones institucionales vigentes aún se perciben como insuficientes para garantizar su seguridad y el libre ejercicio de sus funciones. De la Cruz concluyó que, a pesar de realizarse un buen trabajo técnico y de mantener un esfuerzo constante por parte de las autoridades electorales, siempre existe un espacio necesario para ampliar, robustecer y mejorar los canales de atención y protección real a las víctimas.
En este diagnóstico coincide plenamente Gabriel Onésimo Zúñiga, representante del partido Morena ante organismos administrativos electorales. El enfatizó que resulta urgente que el Congreso del Estado analice e implemente reformas legislativas encaminadas a dictar sanciones considerablemente más severas en el futuro para quienes ejerzan de manera comprobada estas conductas de hostigamiento. En el plano de la atención inmediata, Zúñiga subrayó que las víctimas requieren de manera indispensable un esquema de acompañamiento integral post-sentencia que no las deje en el desamparo una vez dictaminado el fallo, el cual debe incluir de manera obligatoria:
- Esquemas de protección policial y seguridad personal en sus municipios.
- Apoyo psicológico especializado para afrontar los entornos hostiles.
- El respaldo institucional y jurídico permanente del Centro de Justicia para las Mujeres (CEJUM).
“Muchas mujeres prefieren callar por temor al acoso o a la persecución de los cacicazgos municipales, buscando proteger a sus familias. Sin embargo, hay perfiles decididos que alzan la voz exigiendo justicia para realizar su trabajo (…) la violencia política en razón de género es más común de lo que pensamos; es un tema que urge socializar y difundir”, recalcó Zúñiga.
El análisis estadístico y los registros oficiales demuestran que las historias de Zacualpan y Tempoal no representan hechos aislados, sino que forman parte de un patrón estructural en la entidad.
En un entorno altamente competitivo y tradicionalmente masculinizado como la política local, el hecho de reconocer públicamente la condición de víctima suele ser interpretado o utilizado de forma externa por los adversarios como un supuesto signo de debilidad o vulnerabilidad, lo que opera como un fuerte desincentivo para la visibilización del problema. Asimismo, la posibilidad real de enfrentar consecuencias adversas en los ámbitos profesional, político o incluso personal genera un profundo efecto inhibitorio al momento de interponer quejas o denuncias formales.
Para contrarrestar esta situación de indefensión, los análisis institucionales coinciden en que el enfoque de las autoridades y organismos electorales debe centrarse de manera prioritaria en la aplicación rigurosa, estricta e irrestricta de la ley vigente. Esto implica la imposición de sanciones efectivas, ejemplares y contundentes que logren desincentivar de raíz a los agresores, asumiendo de manera institucional que el objetivo prioritario a erradicar es el fenómeno de la violencia en sí mismo y las formas patriarcales del ejercicio del poder público, con total independencia de las siglas o actores políticos que las reproduzcan.


